Italiana – Juicio por Falta de Turno

El derecho a la ciudadanía que se transmite de forma administrativa (esto es, cuando no hay obstáculos para la transmisión de la misma como en los casos llamados por “vía judicial materna”), la ley indica que debe ser solicitada en el Consulado Italiano que corresponda al lugar del domicilio del interesado (si se reside fuera de Italia), o bien en una comuna si se residiera en Italia.

 

Pues bien, es sabido que en los últimos años y en atención a la inmensa demanda de los descendientes de emigrantes italianos/as, es muy difícil (aunque no imposible, ya que hay personas que lo logran) llegar a obtener un turno en un Consulado Italiano.

Las razones son múltiples: crisis económica en nuestro país, poco personal en los Consulados Italianos para atender a la gran demanda, burocracia estatal italiana para la obtención de un turno (donde cada mayor de edad tiene que gestionarse el mismo), poca claridad por parte de los Consulados al momento de requerir subsanaciones y/o rectificaciones y/o documentación adicional, etc.

Esto deriva en la virtual denegación del Derecho al reconocimiento de la ciudadanía italiana que por ley debe reconocerse, al no poder llegar siquiera a poder presentar la solicitud de reconocimiento ante la oficina consular que corresponda.

Ya hace poco tiempo han surgido importantísimas novedades. La jurisprudencia actualmente es pacífica en reconocer la ciudadanía por vía judicial en las solicitudes que deberían ser recibidas, analizadas y aprobadas por los Consulados, y que por la imposibilidad de llegar a presentarse por falta de turnos hace que la solicitud de ciudadanía italiana quede paralizada indefinidamente.

Estos juicios se realizan contra el Estado Italiano, ante el Tribunal en Italia que corresponda por jurisdicción de acuerdo con el lugar de nacimiento del o de la ancestro italiano o italiana (antes de junio de 2022 se hacían todos en Roma). 

Nuestro Estudio Jurídico tiene como corresponsal un Estudio Jurídico en Italia que se encarga de estos juicios. 

Algunas Consideraciones:

El trámite judicial de ciudadanía italiana por falta de turnos sólo puede hacerse frente a un Tribunal en Italia. Es obligatoria la asistencia de un abogado que ejerza la profesión en Italia, y que se encuentre matriculado en uno de los Colegios de Abogados de una ciudad italiana.

Con el juicio finalizado exitosamente, el Juez reconoce la ciudadanía italiana, y obliga al Estado italiano a registrar inmediatamente a los familiares que participan en el juicio como ciudadanos italianos en el Registro Civil Italiano competente.

Luego de ser registrados como ciudadanos italianos, se puede obtener el pasaporte italiano en el Consulado italiano donde los familiares viven.

No es necesario viajar a Italia para empezar el juicio contra el Estado italiano. Firmando una autorización a nuestros colegas para que te representen en Italia, no será necesario viajar. Una vez ganado el juicio, nos enviarán la documentación con la cual podrás presentarte ante el Consulado que te corresponda, a fin de inscribirte como ciudadano/a italiano/a y obtener tu pasaporte europeo.

El juicio se puede hacer conjuntamente con los otros familiares que están en la misma línea de descendencia, como hermanos, tíos, y los hijos y nietos de ellos, en tanto residan en un domicilio que corresponda a un Consulado Italiano donde no se puedan obtener turnos de manera directa y simple.

También pueden participar las cónyuges mujeres de ciudadanos italianos o descendientes de italianos que hayan contraído matrimonio antes del 27/04/1983 y que el matrimonio no se haya disuelto antes de esa fecha.

No pueden participar en el juicio cónyuges (hombres y mujeres) de los descendientes que hayan contraído matrimonio con posterioridad al 27/04/1983. En el caso de ganar el juicio, tales cónyuges podrán obtener la nacionalidad italiana en el Consulado correspondiente a la ciudad donde residan, cumpliendo con los requisitos de la naturalización por matrimonio.

Sugerimos la participación de los hijos menores de 18 años representados por el padre o la madre (que posean la ascendencia italiana), ya que, en el hipotético caso de fallecimiento de este, no podrán ser reconocidos italianos por vía administrativa en el Consulado.

 

Envianos tu consulta

  • Comentanos si sabés de alguien en tu familia que haya obtenido la ciudadanía italiana por el mismo antepasado.
  • Detallanos cómo es la línea genealógica desde el pariente italiano hasta vos. No importa si el vínculo es lejano (por ejemplo un tatarabuelo o más allá).
  • Comentanos si tu pariente italiano tomó nacionalidad argentina o no. Si no conocés este dato, avisanos, podemos averiguarlo. Es un requisito saberlo con exactitud.
  • Detallanos si existen divorcios, adopciones o reconocimientos de paternidad o maternidad en la línea genealógica. Es solo el efecto de la documentación a presentar.
  • Si no conocés ningún dato o sólo algunos, contactanos. Lo importante es determinar legalmente si podés ser reconocido ciudadano italiano.

Comencemos 

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